sábado, 28 de agosto de 2010

"ACTIVIDAD IV"

Actividad 4


1) Explique donde se establece la contraposición entre el derecho federal y el derecho local

De acuerdo con el Artículo 40 Constitucional, que dice:

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

Podemos decir que en base a esto existen ramas del derecho que abarcan ciertas areas a tratar como este caso, hubo la necesidad de la creación del D. Federal y Local para tratar temas concernientes a cada esfera.

Para poder hacer una comparación de un derecho con otro contrario, primero tenemos que saber en que consisten cada uno:

DERECHO FEDERAL:

Es el derecho que regula las competencias y conflictos entre los Estados que componen un país.

DERECHO LOCAL:

Es la parte del derecho administrativo que regula los actos de las instituciones regionales y municipales.

Ahora bien el Federal regula a a los Estados como un todo soberano mientras tanto el local solo regula al estado en su forma interna autónoma

El Derecho Local ayuda a regular la expedición de Constituciones propias siempre y cuando estén sujetas al contenido de la Constitucion Federal, la cual esta regulada por el Derecho Federal

Debe de haber una coexistencia de estos 2 Derechos siempre y cuando cada uno establezca su campo de estudio

2) Revise el Código Civil para el D.F y previo análisis de su contenido y ámbito de competencia trate de definirlo

Un código, en el campo del Derecho, es un conjunto de normas legales, sietmaticas que regulan una cierta materia de forma unitaria, y con ayuda de los conceptos de derecho civil ya analizados, en un conjunto podríamos decir lo siguiente.

En base a lo anterior diríamos que nuestro código civil es un conjunto ordenado sistematizado y unitario de normas que regulan las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, en cuanto a su patrimonio, persona y familia, siempre y cuando pertenezcan al ámbito territorial que este abarca en este caso es el D.F

Fuentes:
 
http://www.gobcantabria.es/portal/page?_pageid=33,57052&_dad=interportal&_schema=INTERPORTAL
 
http://definicion.de/codigo-civil/
 
Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos

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